Con la publicación en BOE el pasado 3 de julio de 2015 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria se pretende atribuir el conocimiento de un número significativo de los asuntos que tradicionalmente se incluían bajo la rúbrica de la jurisdicción voluntaria a operadores jurídicos no investidos de potestad jurisdiccional, tales como Secretarios judiciales, Notarios y Registradores. Todo ello en una clara apuesta por la desjudicialización de ciertas materias.
