La Disposición final octava de la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal, autorizaba al Gobierno para elaborar y aprobar, a propuesta de los Ministros de Justicia y de Economía y Competitividad, en un plazo de doce meses a contar desde la entrada en vigor de la citada Ley, un texto refundido de la misma.

La Orden de 20 de enero de 2016 del Ministerio de Justicia, por la que se constituía en el seno de la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación una Ponencia para la elaboración de una propuesta de Texto Refundido de la Ley Concursal, recogía el tenor de la Disposición final octava de la Ley 9/2015, de 25 de mayo, que autorizaba al Gobierno para elaborar y aprobar un Texto Refundido de la Ley Concursal.

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