El artículo 44 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores –en adelante ET– desarrolla la denominada “sucesión de empresa” o “subrogación empresarial”. El citado precepto ha venido siendo modificado en diversas ocasiones convirtiéndose, en la actualidad, en un compendio de derechos, requisitos, garantías y obligaciones para las partes involucradas en este tipo de operaciones –empresas cedente y cesionaria y trabajadores– que debe ser tenido en cuenta antes de llevar a cabo las mismas.

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