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En el Acuerdo Social y Económico, suscrito por el Gobierno y los denominados agentes sociales –patronales y sindicatos– el pasado 2 de febrero, se ha introducido, entre otras cuestiones, una significativa modificación de nuestro sistema de pensiones. El propósito de estas notas es resumir los puntos más relevantes a considerar a este respecto. Es importante aclarar –para evitar confusiones– que el Acuerdo de referencia es sólo eso, una acuerdo cuyo contenido ha de ser tramitado a través de leyes ordinarias y no mediante el procedimiento de urgencia que se lleva a cabo a través de un Real Decreto-ley. Por consiguiente, la entrada en vigor de las modificaciones legales y de la nueva normativa –especialmente en lo que se refiere a la reforma de las pensiones– no va a entrar en vigor, ni mucho menos, de manera inmediata. Según el propio texto del Acuerdo, la mayor parte de las normas lo harán a partir del año 2013.

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