Un año más, nos encontramos al final del ejercicio sabiendo de antemano que del resultado de nuestras cuentas a fecha de 31 de diciembre surgirá la cuota tributaria a ingresar en las arcas públicas. Constituye un deber para todo ciudadano contribuir al sostenimiento de los gastos públicos con arreglo a su capacidad económica, ya lo dice la Constitución, pero ello no significa que dicho mandato no comprenda la posibilidad para quien debe contribuir de utilizar los medios legales existentes en cada momento para reducir, dentro del ámbito permitido por la ley, la factura fiscal. Es cierto que el empleo de los beneficios fiscales requiere un profundo conocimiento del ámbito tributario, pero no lo es menos que las circunstancias presentes conducen a la aparición de normas que a menudo desdicen a sus inmediatas antecesoras, lo que en poco ayuda a ajustar la cuota fiscal a lo pretendido por la propia ley. En las siguientes líneas trataremos de mostrar las novedades más importantes aparecidas en el último tramo del presente año.
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