La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que los bares no tienen que pagar impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas por las terrazas que tienen en la calle.

En concreto, el Alto Tribunal ha establecido como doctrina que «el aprovechamiento especial del dominio público permitido a través de la autorización municipal de instalación y explotación de terrazas para el ejercicio en ellas de actividades de restauración en la vía pública no constituye un hecho imponible del impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas».

El Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat de Cataluña contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad que confirmó la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional catalán, que, a su vez, estimó la reclamación de una contribuyente contra la liquidación de la Agencia Tributaria de Cataluña por el concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

El origen del pleito fue el requerimiento de la Agencia Tributaria de Cataluña a una contribuyente, en un procedimiento de control de presentación de liquidaciones, para que presentase autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales por la instalación de una terraza en la vía pública que le había autorizado el Ayuntamiento de Badalona.

La interesada respondió al requerimiento manifestando que no estaba obligada a presentar la declaración, pues ya pagaba la tasa por la ocupación de la terraza.

Sin embargo, el abogado de la Generalitat sostenía que la autorización administrativa para la instalación y explotación de una terraza en un espacio público sea a través de un aprovechamiento especial de un uso privativo con instalaciones desmontables, entra plenamente dentro de la definición del hecho imponible del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

Ahora, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que los bares no tienen que pagar impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas por las terrazas que tienen en la calle.

El tribunal ha añadido que la equiparación que aparentemente efectúa el artículo 13.2 del Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados entre las concesiones administrativas y las autorizaciones para el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público -en este caso, terrazas de establecimientos de hostelería en la vía pública- «debe ser interpretado en el sentido de que no todo aprovechamiento especial del dominio, por sí solo, origina un desplazamiento patrimonial a favor del autorizado, a efectos de su gravamen por el impuesto que nos ocupa».

En todo caso, ha señalado que «la constatación del requisito del desplazamiento patrimonial a efectos del gravamen de una autorización para el aprovechamiento especial del dominio público requiere un examen del contenido y circunstancias presentes en dicha autorización, por ser relevante a efectos fiscales».

Agencia Europa Press

Hacienda adelanta al 2 de abril el inicio de la Campaña de la Renta y Patrimonio 2024

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024 arrancará el próximo 2 de abril con la presentación de las declaraciones por internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria adelanta así el inicio de la Campaña de la Renta, que el año pasado arrancó el 3 de abril y el anterior el 11 de abril.

Según el calendario publicado, la Campaña arrancará antes del inicio de la Semana Santa. El día 3 de abril se abrirá el plazo para la presentación de las declaraciones a través de internet y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025.

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono –la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio–.

Será entre el 2 y el 30 de junio de 2025 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.

LOS PARADOS DEBERÁN HACER LA DECLARACIÓN

Una de las novedades más relevantes de cara a este año es que los parados beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir de 2025, con independencia de que cumplan o no el importe mínimo para hacerla, como era preceptivo hasta ahora.

Hasta este año los parados que percibían la prestación, como cualquier asalariado, no estaban obligados a presentar la declaración si no obtenían ingresos superiores a los 22.000 euros anuales o por encima de los 15.000 euros si tenía dos o más pagadores y uno de ellos le había abonado más de 1.500 euros anuales.

También como novedad de este año el importe de los segundos o más pagadores a partir del cual es obligatorio presentar la declaración de la renta se eleva a 2.500 euros, frente a los 1.500 euros que operaban hasta ahora.

Al igual que el año pasado, también estarán obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

DEVUELTOS 12.907 MILLONES A 15,9 MILLONES DE CONTRIBUYENTES

Los últimos datos de cierre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2023 (IRPF 2023) reflejan que la Agencia Tributaria ha devuelto 12.907 millones de euros a 15.852.000 contribuyentes.

De esta forma, a fecha de 30 de diciembre, se han realizado el 97,4% de las devoluciones solicitadas en número y se han abonado el 94,9% de los importes correspondientes a esas solicitudes, en línea con el año anterior.

La Agencia Tributaria destaca que a cierre de año se mantiene un «fuerte incremento interanual» de las devoluciones pagadas (+7,9% en número y +14,5% en importe), consistente con la propia evolución de las solicitudes de devolución presentadas por los contribuyentes.

A su vez, a estas fechas se han presentado un total de 24.131.000 declaraciones, un 4,9% más que el año anterior, de las cuales un 67,5% (16.279.000) son con resultado a devolver y 6.239.000, con saldo a ingresar.

Agencia Europa Press

El CEO del futuro deberá ser un navegador multiverso

El valor y la seriedad serán cualidades definitorias del nuevo CEO, pero también tendrá que mantener el toque humano dentro del ecosistema laboral, pese a que la digitalización y el trabajo híbrido lo hagan más difícil.

Olas geopolíticas, las demandas de transparencia total, el impulso hacia la sostenibilidad, la digitalización y la IA, y las necesidades cambiantes de talento son fuerzas que han ampliado drásticamente el papel del CEO (Chief Executive Officer), o director ejecutivo de una organización, que hoy debe operar en un ecosistema multidimensional, multicultural, multinacional y multiempresarial, donde la calidad, la cultura, los valores y la sostenibilidad encabezan su agenda. Esta es una de las principales conclusiones del informe «Survival of the fittest – How C-Suite roles are evolving», elaborado por la firma internacional de headhunting Amrop.

«Creemos que está surgiendo un nuevo perfil de CEO y las vías tradicionales de acceso al puesto más alto de una organización están cambiando. Cuando se trata de la supervivencia del más fuerte en el turbulento entorno actual, el verdadero norte de una organización es tan importante como su cuenta de resultados. En este sentido, la capacidad técnica ya no es suficiente y el nuevo director general debe ser un creador de sensaciones, debe conseguir que sus empleados consideren la organización como ‘un buen lugar para trabajar’», explica Óscar García-Velasco, socio-director de Amrop España.

Por ello -aseguran desde Amrop-, el valor y la seriedad serán cualidades definitorias del nuevo CEO, pero también tendrá que mantener el toque humano dentro del ecosistema laboral, pese a que la digitalización y el trabajo híbrido lo hagan más difícil.

Además, como modelo de conducta y figura que representa los valores de la empresa, el líder de una organización deberá demostrar que concilia la vida laboral y personal, «puesto que está sometido al escrutinio de una generación que apuesta por una cultura del bienestar que concilie salud y patrimonio», afirma este informe.

Resumiendo, éstas serían algunas de las principales características que debería reunir el CEO del futuro:

• Navegador multiverso: deberá dominar lo macro y lo micro y estar presente en todos los niveles de la empresa. Además del alcance cada vez mayor de la función y sus crecientes exigencias de cara a los stakeholders, esta figura también deberá estar constantemente presente en la primera línea interna.

• Sabiduría y propósito: los directores generales ágiles de mente están mejor equipados para identificar, desentrañar y resolver los dilemas de un ecosistema empresarial lleno de trampas y paradojas. Sus decisiones se guían por valores y principios. Miran hacia el futuro con la vista puesta en la mejor oportunidad, en lugar de reaccionar ciegamente, y son capaces de conciliar contradicciones aparentes para llegar a una solución innovadora a través de una interpretación sofisticada y una gestión holística de las paradojas.

• Sensibilizador: la cultura y los valores son ahora preocupaciones centrales de los CEO. A medida que la digitalización y el trabajo híbrido se conviertan en la norma, tendrá que involucrar a las personas dentro del “e-cosistema” y crear un gran lugar para trabajar, incluso cuando la próxima generación desprecie el «trabajo para toda la vida».

• Líder de reputación y marca: el nuevo CEO es una figura pública multicanal, que debe ser capaz de expresar el propósito de la organización con fluidez y autenticidad.

En este sentido, para crear y encarnar públicamente una cultura convincente y atraer a las nuevas generaciones, según Amrop, los nuevos CEO necesitarán desarrollar una serie de atributos, como el valor y la seriedad, la tolerancia al riesgo, el liderazgo de servicio, la autenticidad, la mentalidad de aprendizaje, la autoconciencia, la humildad para aceptar ayuda y el pensamiento paradójico.

Eso sí, el informe también advierte que el apetito por la transformación empresarial está acortando el mandato de los directores generales. «El hecho de que se espere que el CEO encarne los valores de una organización tiene su reverso -explica García-Velasco-. Al iconizarlo y alinearlo con un propósito u objetivos concretos, será difícil mantener a la misma persona al frente tan pronto como cambie la agenda, sin importar si su mandato ha sido exitoso».

LA LEY