Este real decreto reforma el Real Decreto de 18 de febrero que establecía cómo debía evaluar la Autoridad Independiente y de Responsabilidad Fiscal (AIReF) el sistema de pensiones por si fueran necesarias medidas adicionales de ingresos.
Con los cambios introducidos, la AIReF tendrá que elaborar un informe adicional al emitido el pasado 31 de marzo sobre el cumplimiento de la regla de gasto en pensiones antes del 1 de junio de 2026 para «tener en cuenta los grandes shocks en los datos definitivos macroeconómicos de los últimos años y disponer de suficientes datos para evaluar las reformas económicas».
Este examen adicional de la AIReF se debe a una petición de Bruselas para que, en la evaluación de las pensiones, no se tengan en cuenta las transferencias del Estado como ingresos, frente a lo recogido en el Real Decreto anterior del Gobierno.
De hecho, el real decreto suprime la apelación directa que se hacía en el artículo 12 del Real Decreto anterior para considerar como ingresos del sistema de la Seguridad Social las transferencias del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social.
Fuentes del Ministerio de Inclusión indicaron a Europa Press que este informe adicional que hará la AIReF no supone un nuevo examen ni otra evaluación, y alegaron que, en línea con las recomendaciones de este organismo y de Bruselas, se pide a la AIReF ese informe adicional «en un ejercicio de responsabilidad y transparencia».
En este sentido, las mismas fuentes señalaron que dicho ejercicio «permitirá tener en cuenta las revisiones y datos de crecimiento y empleo más recientes», así como más evidencias sobre el impacto en la sostenibilidad del sistema de pensiones de reformas estructurales como la reforma laboral.
«Este informe no supone una nueva evaluación, sino un ejercicio de transparencia que pretende reforzar la confianza en la sostenibilidad del sistema», subrayaron en su día desde el Departamento que dirige Elma Saiz.
En el nuevo real decreto, el Gobierno justifica la necesidad de modificar el Real Decreto de 18 de febrero en las recomendaciones que realizó la AIReF en su primer examen de pensiones. El organismo recomendó integrar la regla de gasto de pensiones alineándola con los objetivos del marco fiscal, tanto europeo como nacional, con el objetivo de mejorar la coordinación y simplificar el sistema actual.
Además, expone el Ejecutivo, la AIReF cree necesario homogeneizar los periodos de revisión, puesto que la regla de pensiones se revisa cada tres años y el Plan Fiscal y Estructural a Medio Plazo tiene una vigencia de cuatro años, aunque es objeto de seguimiento anual.
Con el objeto de avanzar en el cumplimiento de esta recomendación, el Gobierno incorpora en el texto «una referencia tanto a la sostenibilidad del sistema público de pensiones como a la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas».
«Se pretende con ello dar un primer paso en la homogeneización de las reglas propuestas por la AIReF incorporando en el análisis la sostenibilidad en el largo plazo», apunta el Ejecutivo.
Asimismo, el Gobierno afirma que modifica el Real Decreto para que la AIReF realice un informe adicional antes del 1 de junio de 2026, con el fin de tener en cuenta «los grandes shocks en los datos definitivos macroeconómicos de los últimos años y disponer de suficientes datos para evaluar las reformas económicas».
En este sentido, el Gobierno señala las «importantes» revisiones realizadas por el Instituto Nacional de Estadística sobre los datos del PIB para los años 2022 y 2023. «Estos ejercicios de revisión siguen siendo importantes en el 2024 y 2025, por lo que, dado el impacto en el ejercicio de proyección que tienen y ante la incertidumbre de próximas revisiones, se considera necesario la realización de ese informe adicional por la AIReF en el ejercicio 2026», sostiene el Ejecutivo.
EL PRIMER EXAMEN DE LA AIReF
El pasado 31 de marzo, la AIReF emitió un informe en el que constataba el cumplimiento de la regla de gasto en pensiones, aunque por poco, al tiempo que advertía de que la sostenibilidad del sistema de pensiones no ha mejorado respecto a las previsiones publicadas en 2023.
En ese primer informe sobre la regla de gasto en pensiones, la AIReF señala que las previsiones de la Comisión Europea, actualizadas con los datos observados en 2022 y 2023, sitúan el gasto en pensiones en el 14,6% entre 2022 y 2050 y estima que las medidas de ingresos suponen el 1,4% del PIB en este mismo periodo, por lo que considera cumplida la regla de gasto establecida por el Gobierno, con un gasto en pensiones neto de medidas de ingresos del 13,2% en el promedio 2022-2050, inferior, pero por muy poco, al 13,3% pactado con Bruselas.
Agencia Europa Press
El TJUE confirma la anulación de la decisión de la Comisión sobre ayudas fiscales a empresas españolas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado la anulación de la decisión de la Comisión Europea que declaró ilícito el régimen fiscal español de deducción de adquisiciones indirectas de participaciones en sociedades extranjeras.
El alto tribunal europeo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por la Comisión frente a las sentencias del Tribunal General que ya habían anulado la decisión comunitaria de 2014, que calificaba de nueva ayuda de Estado incompatible con el mercado interior la deducción fiscal del fondo de comercio financiero derivado de adquisiciones indirectas en sociedades no residentes.
El Tribunal de Justicia señala que, según las decisiones iniciales de la Comisión de 2009 y 2011, las excepciones a las obligaciones de poner fin a las ayudas y recuperarlas se referían tanto a las adquisiciones directas como indirectas, y que la legalidad de esas decisiones ya había sido establecida definitivamente.
Por ello, el Tribunal General debía deducir, y así lo hizo, que ambas modalidades de adquisición estaban protegidas por el principio de confianza legítima reconocido por la Comisión en sus decisiones iniciales.
El principio de seguridad jurídica también se opone, según el Tribunal de Justicia, a que la Comisión califique ahora de nuevo régimen de ayudas de Estado ilegalmente aplicado a las deducciones fiscales de adquisiciones indirectas.
El régimen fiscal español, vigente desde 2002, permitía a las empresas que adquirían participaciones en sociedades extranjeras deducir de la base imponible, en forma de amortización, el fondo de comercio resultante de dicha participación.
Inicialmente, la Comisión declaró en 2006 que este régimen no estaba sujeto a las normas de la Unión sobre ayudas de Estado, pero en 2007 decidió examinarlo con mayor detenimiento, y en 2009 y 2011 concluyó que constituía ayuda de Estado incompatible con el mercado interior, ordenando a España recuperar las ayudas concedidas.
No obstante, la Comisión permitió que, bajo ciertas condiciones y en determinados casos, el régimen siguiera aplicándose en virtud del principio de protección de la confianza legítima.
Los recursos interpuestos por varias empresas contra las decisiones iniciales de la Comisión fueron desestimados, pero España y diversas sociedades afectadas lograron que el Tribunal General anulara la decisión de la Comisión de 2014, que ampliaba la prohibición a las adquisiciones indirectas.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE pone fin a este litigio y confirma que las adquisiciones indirectas también están amparadas por la confianza legítima reconocida en las decisiones iniciales de la Comisión.
Agencia Europa Press
Entra en vigor la Directiva Europea de Accesibilidad
Desde el pasado sábado, 28 de junio, está en vigor el Acta Europea de Accesibilidad (AEA) por el cual, productos y servicios clave como teléfonos, ordenadores, libros electrónicos, servicios bancarios y comunicaciones electrónicas deben ser accesibles para las personas con discapacidad.
El Acuerdo de Asociación Europea de Personas con Discapacidad (AAE) supone un avance para reducir las barreras que enfrentan a diario las personas con discapacidad. Facilita su plena participación en la sociedad, por ejemplo, en el ámbito laboral, al facilitar el acceso a equipos informáticos y el uso de tecnologías de asistencia. También contribuirá a una mayor movilidad, ya que el nivel de accesibilidad será similar en toda la UE.
La Ley Europea de Accesibilidad establece requisitos comunes de accesibilidad en toda la UE para determinados productos y servicios, desde un tamaño de fuente adecuado hasta funciones de conversión de texto a voz en terminales de pago de autoservicio, lectores electrónicos, teléfonos inteligentes, etc. Esto simplificará las normas para los operadores económicos, que hasta ahora se han enfrentado a requisitos de accesibilidad divergentes y, a menudo, contradictorios entre fronteras. La Comisión apoya a los Estados miembros mediante reuniones periódicas con los puntos de contacto nacionales, incluso para abordar cuestiones específicas de cada país.
El contexto de la Ley
La Ley Europea de Accesibilidad es una directiva que tiene como objetivo mejorar el funcionamiento del mercado interior de productos y servicios accesibles, eliminando las barreras creadas por las normas divergentes en los Estados miembros.
Las empresas se beneficiarán de:
• Normas comunes sobre accesibilidad en la UE que conduzcan a una reducción de costes
• comercio transfronterizo más fácil
• más oportunidades de mercado para sus productos y servicios accesibles
Las personas con discapacidad y las personas mayores se beneficiarán de:
• productos y servicios más accesibles en el mercado
• productos y servicios accesibles a precios más competitivos
• Menos barreras para acceder al transporte, la educación y el mercado laboral abierto
• Más empleos disponibles donde se necesita experiencia en accesibilidad
Productos y servicios cubiertos
La Ley Europea de Accesibilidad cubre los productos y servicios que han sido identificados como los más importantes para las personas con discapacidad, aunque es más probable que tengan requisitos de accesibilidad divergentes en los distintos países de la UE.
La Comisión consultó a las partes interesadas y a expertos en accesibilidad y tuvo en cuenta las obligaciones derivadas de la Convención de las Naciones Unidas sobre las Personas con Discapacidad. Estos productos y servicios incluyen:
• computadoras y sistemas operativos
• Cajeros automáticos, máquinas de venta de billetes y facturación
• teléfonos inteligentes
• Equipos de televisión relacionados con los servicios de televisión digital
• servicios de telefonía y equipos relacionados
• acceso a servicios de medios audiovisuales, como transmisiones televisivas y equipos de consumo relacionados
• servicios relacionados con el transporte de pasajeros por aire, autobús, ferrocarril y vías navegables
• servicios bancarios
• libros electrónicos
• comercio electrónico
Portal Administración Electrónica
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