
De un año a esta parte, la Administración Tributaria, consciente de las dificultades económicas por las que atravesaban las empresas que, estando en situación de concurso, suscribían el convenio de acreedores y tenían que hacer frente a acuerdos de refinanciación, utilizando los mecanismos previstos en la Ley Concursal de la “quita y espera”, ha ido aprobando una serie de medidas fiscales tendentes a facilitar que estas empresas puedan ir cumpliendo con los nuevos pactos y calendarios acordados en estos procesos, de modo que la fiscalidad no suponga un freno o un impedimento para ello.