
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 19 de noviembre de 2012, vino a desautorizar la doctrina planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 27 de octubre de 2010. En virtud de este pronunciamiento se permite, a la Administración Tributaria, que dicte nuevos pronunciamientos salvo que haya prescrito su derecho. Los votos particulares de dicha sentencia ponen de manifiesto la existencia de disensos en el seno del Alto Tribunal, así como la posibilidad de un futuro cambio de criterio.