De conformidad con lo previsto por la Ley de Sociedades de Capital, a los socios les asiste el derecho de obtener información o aclaraciones, respecto a los puntos obrantes en el Orden del Día de la Junta General, pudiendo obtener los datos requeridos en los plazos y forma indicados por la Ley. La aparente claridad de los artículos de la Ley no ha sido óbice para que los Tribunales de Justicia se hayan pronunciado sobre el alcance de este derecho.
