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 «NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCION 2015-2016 (a partir del 12 julio de 2.015)» 

CIRCULAR Nº 1 – 2015

Retenciones 2015

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Descargar CIRCULAR – Cuadro informativo tipos de retención aplicables PDF

A finales del año 2014 se ha regulado de nuevo los porcentajes de retención aplicables para los ejercicios 2015 y 2016, porcentajes que trasladamos en el siguientes cuadros:

[toggle title=»PORCENTAJES RETENCION 2014 (Hasta Dic. 14)»]

Por arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (ALQUILERES) 21%
Rendimientos de actividades PROFESIONALES (abogados, arquitectos, asesores, etc.) 21%
Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas 21%
Rendimientos del CAPITAL MOBILIARIO (intereses) 21%
Actividades empresariales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva (MODULOS) 1%
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de IIC 21%
PREMIOS en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias 21%
Rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica y cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen 21%
Rendimientos del trabajo por la condición de ADMINISTRADORES y miembros de los CONSEJOS DE ADMINISTRACION
42%

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[toggle title=»PORCENTAJES RETENCION 2015″]

Por arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (ALQUILERES) 20%
Rendimientos de actividades PROFESIONALES (abogados, arquitectos, asesores, etc.) 19% (a),(b)
Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas 19%
Rendimientos del CAPITAL MOBILIARIO (intereses) 20% (c)
Actividades empresariales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva (MODULOS) 1%
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de IIC 20%
PREMIOS en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias 20%
Rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica y cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen 20%
Rendimientos del trabajo por la condición de ADMINISTRADORES y miembros de los CONSEJOS DE ADMINISTRACION
37% (d)

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[toggle title=»PORCENTAJES RETENCION 2016 (A partir de 01/01/2016)»]

Por arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (ALQUILERES) 19%
Rendimientos de actividades PROFESIONALES (abogados, arquitectos, asesores, etc.) 18% (a),(b)
Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas 18%
Rendimientos del CAPITAL MOBILIARIO (intereses) 19% (c)
Actividades empresariales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva (MODULOS) 1%
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de IIC 19%
PREMIOS en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias 19%
Rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica y cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen 19%
Rendimientos del trabajo por la condición de ADMINISTRADORES y miembros de los CONSEJOS DE ADMINISTRACION
35% (d)

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(a) En rendimientos de actividades profesionales se crea un nuevo tipo especial de retención del 15% aplicable a las actividades cuyo volumen de rendimientos íntegros del ejercicio anterior sea inferior a 15.000,00 euros y represente más del 75% de los rendimientos íntegros del trabajo y de actividades económicas.
Para la aplicación del tipo de retención previsto en el párrafo anterior, los contribuyentes deberán comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.

(b) Se aplicará el porcentaje del 9% sobre los rendimientos de actividades profesionales de los nuevos autónomos en actividades profesionales en el año en que se dan de alta y los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercicio actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades.

(c) Se aplicará retención sobre las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción (novedad).

(d) Administradores/miembros consejos administración. Cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000,00 euros, el porcentaje de retención será del 20% para el año 2015 y del 19% a partir del año 2016.

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